Eximición del pago de Tasas Municipales: inscripción para el año 2027

La Subdirección de Ingresos Públicos informa que el lunes 21 de septiembre comenzará el período de inscripción para solicitar la eximición del pago de las Tasas Municipales Retributiva de Servicios y de Servicios Sanitarios, correspondiente al año 2027.

¿Quiénes pueden solicitarla?

Podrán realizar el trámite:

* Jubilados y/o pensionados.
* Contribuyentes mayores de 65 años.
* Personas con incapacidad laboral permanente.
* Estudiantes.
* Excombatientes y/o movilizados de Malvinas (Ordenanzas N.º 857/12 y N.º 876/13).
* Miembros del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Rauch.
* Sindicatos, partidos políticos y entidades de bien público sin fines de lucro, respecto de inmuebles de su propiedad o que ocupen.

Requisitos generales

Para acceder al beneficio, se deberá:

* Ser titular del inmueble, copropietario, poseedor a título de dueño o tenedor de lotes municipales.
* Destinar el inmueble exclusivamente a vivienda propia y de ocupación permanente del solicitante y/o su grupo familiar conviviente.
* No poseer otras propiedades.
* No superar los ingresos establecidos según cada categoría: tres haberes mínimos de las Cajas Nacionales de Previsión para jubilados, pensionados, mayores de 65 años e incapacitados, y dos salarios mínimos, vitales y móviles para excombatientes y movilizados de Malvinas.
* No registrar deuda por la Tasa de ABL y SS o, en caso de existir, tenerla regularizada mediante un plan de pago.

En el caso de los estudiantes, deberán ser titulares o copropietarios del inmueble, no contar con ingresos provenientes de empleo, pensión o jubilación y presentar el correspondiente certificado de alumno regular.

Documentación requerida

La documentación deberá presentarse en original y fotocopia:

* Declaración Jurada de Solicitud, cuyo formulario se encuentra disponible en la Oficina Municipal.
* Título de propiedad o boleto de compraventa.
* Último recibo de jubilación, pensión, sueldo o declaración jurada de ingresos del solicitante y del grupo conviviente, cuando corresponda.
* Libreta o acta de matrimonio.
* En caso de viudez, acta de defunción y declaratoria de herederos.
* Certificación Negativa de ANSES.
* Constancia de CUIL/CUIT.
* DNI actualizado del solicitante, cónyuge y/o convivientes. En caso de condominios, DNI de todos los integrantes.
* Último recibo de la Tasa Municipal de ABL y SS del inmueble.
* Recibo de un servicio público (luz, gas o teléfono fijo) a nombre del solicitante.
* Certificado de Discapacidad, en caso de corresponder.
* Certificado de Alumno Regular, en el caso de estudiantes.

Renovaciones

Quienes deban renovar el beneficio deberán presentar únicamente:

* Último recibo de haberes.
* Comprobantes de ingresos del grupo conviviente.
* Declaración Jurada actualizada.

¿Dónde y cuándo realizar el trámite?

📍 Lugar: Palacio Municipal – Oficina de ABL y SS.
📅 Período: del lunes 21 de septiembre al lunes 30 de noviembre de 2026.
🕣 Horario: de 8:30 a 12:30 horas.

Importante

El trámite podrá ser presentado únicamente por el titular del inmueble, familiares directos, representante legal o apoderado, quienes deberán acreditar dicha condición mediante la documentación correspondiente.

No se recibirán solicitudes incompletas ni presentadas fuera del plazo establecido.