EXIMICION DE PAGO DE LAS TASAS MUNICIPALES PARA EL AÑO 2018

JUBILADOS Y/O PENSIONADOS / CONTRIBUYENTES MAYORES DE 65 AÑOS O CON INCAPACIDAD LABORAL PERMANENTE / ESTUDIANTES/ EX COMBATIENTES DE MALVINAS (ORD. 857/12 Y ORD 876/13).

Requisitos:

  • Ser el Solicitante Jubilado y/o Pensionado, o Mayor de 65 años, o padecer una incapacidad laboral permanente, o ser ex combatiente o movilizado de Malvinas.
  • Ser el solicitante titular del inmueble por el que se pide el beneficio, copropietario, poseedor a título de dueño o tenedor de lotes municipales.
  • Destinar el inmueble, por el que se solicita eximición, exclusivamente a vivienda propia y de ocupación permanente, del propietario y/o grupo familiar conviviente, y NO poseer otras propiedades.
  • No superar los ingresos correspondientes a tres haberes mínimos establecidos por las Cajas Nacionales de Previsión (S 21.738) y para el caso de ex combatientes y/o movilizados de Malvinas, no superar una suma equivalente a dos salarios Mínimos Vital y Móvil ( $ 17.720)
  • El inmueble por el que solicita la eximición no debe poseer deuda alguna en concepto de Tasa de ABL y SS, o la misma debe estar consolidada en un plan de facilidades de pago.
  • Ser el solicitante estudiante, titular o copropietario del inmueble por el que solicita eximición, y NO poseer ingresos derivados de pensiones, jubilaciones y/o empleo.

Documentación a presentar en Original y Fotocopia:

  • Completar Declaración Jurada de Solicitud (El formulario se retira en la oficina municipal).
  • Título de Propiedad o Boleto de Compra – Venta.
  • Último recibo de haber jubilatorio, recibo de sueldo o declaración jurada de ingresos del peticionantes y, de corresponder, del grupo conviviente.
  • Libreta o Acta de Matrimonio.
  • En caso de ser viudo/a deberá presentar Acta de Defunción y Declaratoria de Herederos.
  • Certificación Negativa.
  • Constancia de Cuil o Cuit.
  • DNI con domicilio actualizado, tanto del solicitante como del cónyuge y/o convivientes.
  • Para el caso de condominios, DNI de cada uno de sus miembros.
  • Recibo de la Tasa Municipal de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Servicios Sanitarios del inmueble sobre el que se solicita la exención.
  • Recibo de un Servicio Público (Luz, Gas, o Teléfono Fijo) a nombre del solicitante.
  • En caso de personas que padezcan incapacidad laboral permanente deberán presentar además Certificado de Discapacidad.
  • En caso de ser estudiantes deberán además presentar Certificado de Alumno Regular.

PARA EL CASO DE RENOVACIÓN SOLO SE DEBERÁ PRESENTAR ULTIMO RECIBO DE HABERES, COMPROBANTES DE INGRESOS DEL GRUPO CONVIVIENTE Y COMPLETAR DECLARACIÓN JURADA.

Pueden presentar el trámite los titulares de dominio, o sus familiares directos,  representante legal o apoderado, con la documentación que acredite tal condición.

 

EXIMICION DE PAGO DE LAS TASAS MUNICIPALES DE ALUMBRADO, BARRIDO, LIMPIEZA, CONSERVACION DE CALLES Y DE SERVICIOS SANITARIOS.-

CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE RAUCH (Ord. 857/12-876/13)

Requisitos:

  • Pertenecer al Cuerpo de Sociedad de Bomberos Voluntarios de Rauch.
  • Que el bien inmueble, motivo de la exención, tenga como destino exclusivo la vivienda del beneficiario y de su grupo familiar, en forma permanente, o que, simultáneamente sea destinado con fines comerciales, siempre que esa actividad sea desarrollada en forma personal por el beneficiario o por el grupo familiar directo.

Documentación a presentar en Original y Fotocopia:

  • Completar Declaración Jurada de Solicitud.
  • Título de Propiedad o Boleto de Compra – Venta.
  • Constancia de Cuil o Cuit.
  • DNI con domicilio actualizado del solicitante.
  • Recibo de la Tasa Municipal de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Servicios Sanitarios del inmueble sobre el que se solicita la exención.
  • Recibo de un Servicio Público (Luz, Gas, o Teléfono Fijo) a nombre del solicitante.

PARA EL CASO DE RENOVACIÓN SOLO SE DEBERÁ COMPLETAR DECLARACIÓN JURADA.

 

EXIMICION DE TASAS DE LOS INMUEBLES QUE PERTENEZCAN O SEAN OCUPADOS POR SINDICATOS, PARTIDOS POLITICOS, O ENTIDADES DE BIEN PUBLICO EXENTOS DE FINES LUCRATIVOS (Ord. 857/12-876/13) e INSTITUCIONES RELIGIOSAS (Ord. 141/86).-

Requisitos:

  • Que el bien inmueble por el que se solicita eximición pertenezca o sea ocupado a título gratuito u oneroso por Sindicatos, Partidos Políticos, Instituciones Religiosas o Entidades de Bien Público exentos de fines lucrativos y que no desarrollen actividades comerciales con fines lucrativos.
  • Que las Instituciones mencionadas se encuentren reconocidas como tales por las autoridades competentes en cada caso.

 

Documentación a presentar en Original y Fotocopia:

  • Completar Declaración Jurada de Solicitud.
  • Título de Propiedad o Boleto de Compra – Venta o Contrato o cualquier documentación que acredite el carácter y el período de ocupación del inmueble objeto de eximición.
  • Estatuto.
  • Personería Jurídica o reconocimiento de la Institución como tal por autoridad competente.
  • Ultima Acta de designación de autoridades.
  • Recibo de un Servicio Público (Luz, Gas, o Teléfono Fijo) a nombre de la Institución solicitante.

 

PARA EL CASO DE RENOVACIÓN SOLO SE DEBERÁ COMPLETAR DECLARACIÓN JURADA.

La documentación se recibirá DESDE EL LUNES 4 DE SEPTIEMBRE AL VIERNES 10 DE NOVIEMBRE de 2017 en El PALACIO MUNICIPAL,  OFICINA DE A.B.L. Y S.S.,  en el horario de 8.30 a 12.30 horas.

Se informa a los señores contribuyentes que NO se recepcionarán trámites sin la totalidad de la documentación solicitada, NI FUERA DE LAS FECHAS INDICADAS.