La Subdirección de Ingresos Públicos informa que el lunes 21 de septiembre comenzará el período de inscripción para solicitar la eximición del pago de las Tasas Municipales Retributiva de Servicios y de Servicios Sanitarios, correspondiente al año 2027.
¿Quiénes pueden solicitarla?
Podrán realizar el trámite:
* Jubilados y/o pensionados.
* Contribuyentes mayores de 65 años.
* Personas con incapacidad laboral permanente.
* Estudiantes.
* Excombatientes y/o movilizados de Malvinas (Ordenanzas N.º 857/12 y N.º 876/13).
* Miembros del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Rauch.
* Sindicatos, partidos políticos y entidades de bien público sin fines de lucro, respecto de inmuebles de su propiedad o que ocupen.
Requisitos generales
Para acceder al beneficio, se deberá:
* Ser titular del inmueble, copropietario, poseedor a título de dueño o tenedor de lotes municipales.
* Destinar el inmueble exclusivamente a vivienda propia y de ocupación permanente del solicitante y/o su grupo familiar conviviente.
* No poseer otras propiedades.
* No superar los ingresos establecidos según cada categoría: tres haberes mínimos de las Cajas Nacionales de Previsión para jubilados, pensionados, mayores de 65 años e incapacitados, y dos salarios mínimos, vitales y móviles para excombatientes y movilizados de Malvinas.
* No registrar deuda por la Tasa de ABL y SS o, en caso de existir, tenerla regularizada mediante un plan de pago.
En el caso de los estudiantes, deberán ser titulares o copropietarios del inmueble, no contar con ingresos provenientes de empleo, pensión o jubilación y presentar el correspondiente certificado de alumno regular.
Documentación requerida
La documentación deberá presentarse en original y fotocopia:
* Declaración Jurada de Solicitud, cuyo formulario se encuentra disponible en la Oficina Municipal.
* Título de propiedad o boleto de compraventa.
* Último recibo de jubilación, pensión, sueldo o declaración jurada de ingresos del solicitante y del grupo conviviente, cuando corresponda.
* Libreta o acta de matrimonio.
* En caso de viudez, acta de defunción y declaratoria de herederos.
* Certificación Negativa de ANSES.
* Constancia de CUIL/CUIT.
* DNI actualizado del solicitante, cónyuge y/o convivientes. En caso de condominios, DNI de todos los integrantes.
* Último recibo de la Tasa Municipal de ABL y SS del inmueble.
* Recibo de un servicio público (luz, gas o teléfono fijo) a nombre del solicitante.
* Certificado de Discapacidad, en caso de corresponder.
* Certificado de Alumno Regular, en el caso de estudiantes.
Renovaciones
Quienes deban renovar el beneficio deberán presentar únicamente:
* Último recibo de haberes.
* Comprobantes de ingresos del grupo conviviente.
* Declaración Jurada actualizada.
¿Dónde y cuándo realizar el trámite?
📍 Lugar: Palacio Municipal – Oficina de ABL y SS.
📅 Período: del lunes 21 de septiembre al lunes 30 de noviembre de 2026.
🕣 Horario: de 8:30 a 12:30 horas.
Importante
El trámite podrá ser presentado únicamente por el titular del inmueble, familiares directos, representante legal o apoderado, quienes deberán acreditar dicha condición mediante la documentación correspondiente.
No se recibirán solicitudes incompletas ni presentadas fuera del plazo establecido.