CARACTERISTICAS DEL PLAN

Es la segunda etapa de las 36 viviendas que conforman el denominado Programa Compartir, se construirán 15 viviendas en terrenos municipales. El beneficiario afrontará el valor de construcción de la vivienda y del terreno, de la siguiente forma:

a) A cada vivienda se le asigna un valor de $ 1,191,965.99;

b) A cada terreno se le asigna un valor estimado sujeto a confirmación por tasación oficial de $ 340.000.
De las 15 viviendas que forman la presente etapa, 1 (una) de ellas se sorteará exclusivamente para todos aquellos inscriptos con discapacidad o que posean hija/o en situación de discapacidad, y que así lo acrediten en la forma en que se determina en el presente.

Se permitirá la inscripción de personas que no posean grupo familiar y –sin exclusividad sobre cupo alguno- participarán del sorteo. Una vez favorecido en el sorteo una de las personas que se hayan inscripto con ésta modalidad, no habrá más adjudicaciones en éste grupo de inscriptos, y si no saliera sorteado ninguno, en modo sin grupo familiar, no dará derecho a ningún inscripto a exigir y/o a pedir cupo alguno.

La suma de $ 1.059.610,95 del valor de la vivienda es financiada por el Instituto de la Vivienda de la Pcia.de Bs. As.- (En hasta 15 años, 180 cuotas mensuales, a tasa del 50% de la operatoria de préstamos hipotecarios del Bco. Pcia. Bs. As.) (las cuotas se pagan a partir de la entrega de la vivienda).

La suma de $ 132.403,64 correspondiente a 6,87 mts. 2 del valor de la vivienda con más la suma de $ 340.000 del valor del terreno será afrontada por el adjudicatario en alguna de las siguientes opciones:

1ra opción: Desembolso en un pago: $ 322.403,88, es decir con un descuento de un 5% ($ 8.266,76) sobre $ 165.335,32 que cada adjudicatario deberá abonar de contado en las opciones nº 2, nº 3, y nº 4, sobre un total previsto de $ 330.670,64.- Dicho descuento será cubierto por el Municipio con fondos del Banco de Tierras.
2da opción: Anticipo: $ 165.335,32.- (un 50%)+ 12 cuotas mensuales, fijas, y consecutivas de $ 13.777,95 cada una.
3ra opción: Anticipo: $ 165.335,32.- (un 50%) + 24 cuotas de: $ 6.888,98 (mensuales y consecutivas, con una tasa del 50% de la operatoria de préstamos hipotecarios del Bco. Pcia. Bs. As.).
4ta opción: Anticipo: $ 165.335,32.- (un 50%) + 24 cuotas: 12 primeras cuotas de $ 5.000 (mensuales y consecutivas, con una tasa del 50% de la operatoria de préstamos hipotecarios del Bco. Pcia. Bs. As.) y otras 12 cuotas posteriores a las doce primeras, de $ 8.777,95 (mensuales y consecutivas, con una tasa del 50% de la operatoria de préstamos hipotecarios del Bco. Pcia. Bs. As.).-

En base a plan que se defina con el adjudicatario: El saldo restante, es decir la suma de $ 141.684,40 podrá ser abonada en hasta la misma cantidad de cuotas en que el Instituto de la Vivienda finance la vivienda y comenzarán a abonarse a partir de la entrega de la vivienda.
REQUISITOS
a) Ser personas mayores de 18 años, y hasta 60 años de edad. (En el caso de personas de 50 años en adelante, la cantidad máxima de cuotas a convenir deberán garantizar la cancelación de pago total de lo adeudado a los 75 años de edad del aspirante).
b) Deben declarar y acreditar los ingresos del grupo familiar.
c) Ninguno de los miembros del grupo familiar debe haber sido adjudicatario de viviendas o terrenos financiados por el estado.
d) No ser propietario o condómino de parte indivisa. No poseer la nuda propiedad, ni ser usufructuario de inmueble alguno, sea urbano o rural.
e) Acreditar domicilio en el Partido de Rauch de 3 años como mínimo a la fecha de inscripción al Plan.
f) Quienes resulten adjudicatarios del Plan deberán tener capacidad económica para integrar el valor de $ 330.670,64, mediante alguna de las modalidades de pago.
g) El bien a adjudicar deberá ser destinado a uso de vivienda única, familiar y de ocupación permanente.
h) Todos los aspirantes serán elevados al Honorable Concejo Deliberante, con las observaciones pertinentes, para la convalidación del listado definitivo que será objeto de un sorteo público.
i) Los aspirantes con discapacidad deberán acreditar dicha circunstancia con el correspondiente Certificado Único de Discapacidad expedido por la autoridad competente, debiendo ser la misma total y/o parcial, y permanente.
j) Los aspirantes que contaren con la convalidación al Honorable Concejo Deliberante serán objeto de un sorteo público, por medio del cual será decidido el orden de cada adjudicación.
k) El convenio que suscriba cada aspirante que resultare beneficiario de cada adjudicación, de acuerdo a lo establecido precedentemente, deberá prever la posibilidad de pacto de retroventa.